La atención a una persona con dependencia extrema requiere apoyo profesional, continuidad asistencial y una respuesta adaptada a cada situación. En ASISTED trabajamos para ofrecer una atención domiciliaria cercana, profesional y adaptada a cada situación, siempre en el marco de la normativa vigente y adaptándonos a las necesidades específicas de cada persona usuaria.
Sabemos que cada situación es diferente y, por ello, estamos aquí para ayudar a sus familiares a navegar por las complejidades del sistema de dependencias de Catalunya. Acompañamos a las familias durante todo el proceso de gestión, orientación y puesta en marcha de los servicios de apoyo domiciliario en Catalunya.
¿Estás buscando un servicio de atención domiciliaria profesional, cercano y adaptado a situaciones de dependencia extrema? Conoce cómo en ASISTED podemos ayudarte en la gestión y prestación de servicios para personas con necesidades de apoyo continuado.
El Grado III+ es una nueva categoría de dependencia reconocida por la legislación catalana que identifica una situación de dependencia extrema. Esta actualización del Grado III, busca dar respuesta a situaciones de gran complejidad asistencial y necesidades intensivas de apoyo, como las que pueden presentar las personas con enfermedades como la Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) u otros procesos irreversibles de alta complejidad.
Mientras que el Grado III contempla situaciones de dependencia severa en las que la persona necesita ayuda para realizar actividades básicas de la vida diaria, el Grado III+ está orientado a personas que requieren apoyo intensivo y atención continuada durante gran parte del día debido a sus necesidades de apoyo de alta intensidad.
Estos nuevos decretos buscan mejorar la atención y los recursos destinados a personas con gran dependencia y dependencia extrema, facilitando el acceso a ayudas económicas, servicios de apoyo y modelos de atención más personalizados.
Específicamente en Catalunya, regula las prestaciones económicas para las personas con Grado III+ y modifica la Ley 12/2007, de 11 de octubre, de servicios sociales.
Estos cambios favorecen un acceso más ágil a los servicios y prestaciones adecuadas, facilitando apoyos adaptados a las necesidades intensivas de atención y soporte domiciliario.
El requisito principal para beneficiarse de la prestación económica vinculada al reconocimiento del Grado III+ es contratar un único servicio profesional de atención intensiva. Las modalidades de atención previstas exclusivamente son:
Esta contratación debe realizarse de acuerdo con el Plan Individual de Atención (PIA) de cada persona beneficiaria. Además, puede ser compatible con otras prestaciones y servicios complementarios según la normativa vigente.
Esta prestación tiene como finalidad contribuir al gasto derivado de la contratación de un servicio profesional de ayuda a domicilio, dentro de la Cartera de Servicios Sociales aprobada por el Decreto 142/2010, del 11 de octubre.
Esta ayuda económica está dirigida a las personas que necesitan permanecer de forma continuada en su domicilio y cubre servicios de atención personal, apoyo en actividades básicas de la vida diaria, acompañamiento y tareas de mantenimiento del hogar.
A diferencia de la PEVSAD, la prestación de Asistencia Personal ofrece un apoyo individualizado realizado por una persona asistente durante un número de horas determinado, de acuerdo con la Orden ASC/471/2010, del 28 de septiembre.
Está dirigida a personas en situación de dependencia y con capacidad de autodeterminación y tiene como objetivo facilitar el desarrollo de actividades básicas de la vida diaria, la autonomía personal y la participación comunitaria tanto dentro como fuera del domicilio.
El importe de la prestación para las personas con dependencia Grado III+ reconocida varía según la capacidad económica de la persona y el número de horas diarias de atención contratadas (8, 12, 16, 20 o 24 horas).
Para facilitar el acceso a los servicios de apoyo más adecuados, es fundamental entender qué prestaciones se pueden combinar con el PIA del Grado III+ de dependencia extrema.
La Prestación Económica Vinculada al Servicio de Ayuda a Domicilio es compatible con el servicio de centro de día para discapacitados en jornadas enteras de 8 h/día, 30 días al mes. También es compatible con los servicios de centros de día para gente mayor en jornadas enteras de 10 h/día, 21 días al mes o en media jornada 5 h/día, 21 días al mes.
La PEVSAD es compatible, además, con la prestación económica vinculada a centros de día, pero en este caso se aplica una reducción del 50% al importe final de la prestación.
Se debe escoger solo uno de estos tres servicios o prestación para centros de día para que sea compatible con la PEVSAD y la AP.
La teleasistencia, que ofrece soporte en situaciones de emergencia, es completamente compatible con la atención del Grado III+ de dependencia, sin importar las franjas horarias.
Es importante destacar que la prestación económica para Cuidados en el Entorno Familiar (CNP) es compatible con la prestación para dependencia Grado III+ pero se aplica una reducción del importe final del 50%.
Asimismo, en caso de que la persona dependiente Grado III+ esté recibiendo un complemento de ayuda de tercera persona (Gran Invalidez, Pensión no Contributiva, LISM e hijo al cargo), las prestaciones de PEVSAD y AP se reducirán. No obstante, estas deducciones no comportarán que la prestación del Grado III+ quede por debajo de 3.200€ al mes, el mínimo establecido por la Ley 3/2024.
Es importante tener en cuenta que las prestaciones del Grado III+ no son compatibles con:
Además, para que las otras ayudas sean compatibles, el máximo de atención no puede ser superior a 24 horas al día. Así:
La gestión de las prestaciones y servicios está basada en el Plan Individual de Atención (PIA), que es el documento clave para coordinar y adaptar los apoyos y servicios a las necesidades de cada persona usuaria.
En ASISTED proporcionamos orientación personalizada para valorar cada situación y acompañar a las familias en la gestión del recurso más adecuado.
Te acompañamos en los trámites administrativos necesarios para solicitar la prestación y acceder a las ayudas correspondientes, facilitando un proceso ágil y coordinado.
Una vez definida la modalidad de atención más adecuada, formalizamos la contratación del servicio de ayuda a domicilio o asistencia personal de acuerdo con el PIA aprobado y las necesidades de apoyo de cada persona usuaria.
Como entidad registrada y acreditada por la Generalitat de Catalunya, en ASISTED contamos con profesionales contratados en régimen general de la Seguridad Social, con la titulación y acreditación requeridas para la prestación de servicios de ayuda a domicilio y asistencia personal.
Además, los profesionales reciben formación continuada y seguimiento por parte de la entidad, garantizando una atención profesional, coordinada y adaptada a las necesidades de cada persona usuaria.
En aquellos casos en los que la persona usuaria ya disponga de un/a profesional de confianza prestando apoyo en el domicilio, ASISTED puede valorar su incorporación al equipo, siempre mediante un proceso formal de selección y validación documental para garantizar que cumple los requisitos profesionales, formativos y de calidad asistencial establecidos por la entidad.
ASISTED presta servicios de apoyo domiciliario y asistencia personal en el marco del Sistema Catalán de Autonomía y Atención a la Dependencia, sin realizar actuaciones de carácter sanitario.
Hasta 14.788,50 € anuales para atención de 24h, según el Decreto-ley 1/2026.
No, son prestaciones excluyentes entre sí en el PIA.
Es compatible, pero se aplica una reducción del 50% en la prestación económica.
Sí, se garantiza un mínimo de 3.200 € anuales para todos los Grados III+.
No solo para ellos, pero están incluidos prioritariamente bajo el criterio de procesos irreversibles.