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Ofrecemos asistencia domiciliaria para personas con grado III+ y dependencia extrema en Catalunya

La atención a una persona con dependencia extrema requiere apoyo profesional, continuidad asistencial y una respuesta adaptada a cada situación. En ASISTED trabajamos para ofrecer una atención domiciliaria cercana, profesional y adaptada a cada situación, siempre en el marco de la normativa vigente y adaptándonos a las necesidades específicas de cada persona usuaria.

Sabemos que cada situación es diferente y, por ello, estamos aquí para ayudar a sus familiares a navegar por las complejidades del sistema de dependencias de Catalunya. Acompañamos a las familias durante todo el proceso de gestión, orientación y puesta en marcha de los servicios de apoyo domiciliario en Catalunya.

¿Estás buscando un servicio de atención domiciliaria profesional, cercano y adaptado a situaciones de dependencia extrema? Conoce cómo en ASISTED podemos ayudarte en la gestión y prestación de servicios para personas con necesidades de apoyo continuado.

¿Qué es el Grado III+ de dependencia extrema en Catalunya?

El Grado III+ es una nueva categoría de dependencia reconocida por la legislación catalana que identifica una situación de dependencia extrema. Esta actualización del Grado III, busca dar respuesta a situaciones de gran complejidad asistencial y necesidades intensivas de apoyo, como las que pueden presentar las personas con enfermedades como la Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) u otros procesos irreversibles de alta complejidad.

Diferencias clave entre el Grado III y el nuevo Grado III+

Mientras que el Grado III contempla situaciones de dependencia severa en las que la persona necesita ayuda para realizar actividades básicas de la vida diaria, el Grado III+ está orientado a personas que requieren apoyo intensivo y atención continuada durante gran parte del día debido a sus necesidades de apoyo de alta intensidad.

El impacto del Real Decreto-ley 11/2025 y el Decreto Ley 1/2026 en el sistema catalán

Estos nuevos decretos buscan mejorar la atención y los recursos destinados a personas con gran dependencia y dependencia extrema, facilitando el acceso a ayudas económicas, servicios de apoyo y modelos de atención más personalizados.

Real Decreto-ley 11/2025, de 21 de octubre:
  • Refuerza el Sistema Catalán de Autonomía y Atención a la Dependencia (SCAAD) para dar respuesta a las obligaciones de la Ley 3/2024, de 30 de octubre, orientada a mejorar la calidad de vida de las personas con ELA y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible.
  • Crea el Grado III+ para garantizar una atención intensiva y adaptada a las necesidades de apoyo estas personas.
  • Reconoce nuevas medidas de protección y apoyo social para personas en situación de gran dependencia.
  • Incrementa las ayudas económicas aplicables a personas con Grado III+, ampliando la cuantía máxima estatal en 4.929,50 €.
Decreto-ley 1/2026, de 17 de marzo:

Específicamente en Catalunya, regula las prestaciones económicas para las personas con Grado III+ y modifica la Ley 12/2007, de 11 de octubre, de servicios sociales.

Estos cambios favorecen un acceso más ágil a los servicios y prestaciones adecuadas, facilitando apoyos adaptados a las necesidades intensivas de atención y soporte domiciliario.

Requisitos para acceder a la prestación de dependencia extrema

El requisito principal para beneficiarse de la prestación económica vinculada al reconocimiento del Grado III+ es contratar un único servicio profesional de atención intensiva. Las modalidades de atención previstas exclusivamente son:

  • Prestación Económica Vinculada al Servicio de Ayuda a Domicilio (PEVSAD).
  • Asistente Personal (AP).

Esta contratación debe realizarse de acuerdo con el Plan Individual de Atención (PIA) de cada persona beneficiaria. Además, puede ser compatible con otras prestaciones y servicios complementarios según la normativa vigente.

Cuantías y ayudas económicas 2026: ¿cuánto dinero podría recibir?

Prestación Económica Vinculada al Servicio de Ayuda a Domicilio (PEVSAD)

Esta prestación tiene como finalidad contribuir al gasto derivado de la contratación de un servicio profesional de ayuda a domicilio, dentro de la Cartera de Servicios Sociales aprobada por el Decreto 142/2010, del 11 de octubre.

Esta ayuda económica está dirigida a las personas que necesitan permanecer de forma continuada en su domicilio y cubre servicios de atención personal, apoyo en actividades básicas de la vida diaria, acompañamiento y tareas de mantenimiento del hogar.

Asistente Personal (AP)

A diferencia de la PEVSAD, la prestación de Asistencia Personal ofrece un apoyo individualizado realizado por una persona asistente durante un número de horas determinado, de acuerdo con la Orden ASC/471/2010, del 28 de septiembre.

Está dirigida a personas en situación de dependencia y con capacidad de autodeterminación y tiene como objetivo facilitar el desarrollo de actividades básicas de la vida diaria, la autonomía personal y la participación comunitaria tanto dentro como fuera del domicilio.

Importe de la prestación para personas dependientes Grado III+

El importe de la prestación para las personas con dependencia Grado III+ reconocida varía según la capacidad económica de la persona y el número de horas diarias de atención contratadas (8, 12, 16, 20 o 24 horas).

Intensidad del servicio de atención especializada PEVSAD o AP
Importe máximo mensual
8 h/día
4.930,00 €
12 h/día
7.394,25 €
16 h/día
9.859,00 €
20 h/día
12.323,75 €
24 h/día
14.788,50 €
Capacidad económica
Capacidad económica en €/año
PEVSAD/AP III+ (% a percibir)
De 0 a 5,50 IRSC
De 0 a 5,50 IRSC De 0,00 € a 52.921,98 € 100
100
Más de 5,50 IRSC
Más de 52.921,99 €
95

Guía de compatibilidades: ¿qué servicios puedo combinar?

Para facilitar el acceso a los servicios de apoyo más adecuados, es fundamental entender qué prestaciones se pueden combinar con el PIA del Grado III+ de dependencia extrema.

Compatibilidad de la PEVSAD y la AP con los centros de día

La Prestación Económica Vinculada al Servicio de Ayuda a Domicilio es compatible con el servicio de centro de día para discapacitados en jornadas enteras de 8 h/día, 30 días al mes. También es compatible con los servicios de centros de día para gente mayor en jornadas enteras de 10 h/día, 21 días al mes o en media jornada 5 h/día, 21 días al mes.

La PEVSAD es compatible, además, con la prestación económica vinculada a centros de día, pero en este caso se aplica una reducción del 50% al importe final de la prestación.

Se debe escoger solo uno de estos tres servicios o prestación para centros de día para que sea compatible con la PEVSAD y la AP.

Uso de teleasistencia junto al Grado III+

La teleasistencia, que ofrece soporte en situaciones de emergencia, es completamente compatible con la atención del Grado III+ de dependencia, sin importar las franjas horarias.

Otras compatibilidades y deducciones

Es importante destacar que la prestación económica para Cuidados en el Entorno Familiar (CNP) es compatible con la prestación para dependencia Grado III+ pero se aplica una reducción del importe final del 50%.

Asimismo, en caso de que la persona dependiente Grado III+ esté recibiendo un complemento de ayuda de tercera persona (Gran Invalidez, Pensión no Contributiva, LISM e hijo al cargo), las prestaciones de PEVSAD y AP se reducirán. No obstante, estas deducciones no comportarán que la prestación del Grado III+ quede por debajo de 3.200€ al mes, el mínimo establecido por la Ley 3/2024.

Ayudas incompatibles

Es importante tener en cuenta que las prestaciones del Grado III+ no son compatibles con:

  • La atención residencial.
  • El servicio público de ayuda a domicilio (SAD) de la cartera ordinaria.


Además, para que las otras ayudas sean compatibles, el máximo de atención no puede ser superior a 24 horas al día. Así:

Intensidad del servicio de atención especializada PEVSAD o AP
Compatibilidad de prestación secundaria
16 h/día
Servicio de centro de día para gente mayor y/o con prestación de cuidador no profesional
20 h/día
Prestación de cuidador no profesional
24 h/día
No compatible con otro servicio o prestación

Cómo gestionar el Plan Individual de Atención (PIA) con ASISTED

La gestión de las prestaciones y servicios está basada en el Plan Individual de Atención (PIA), que es el documento clave para coordinar y adaptar los apoyos y servicios a las necesidades de cada persona usuaria.

Paso 1: Asesoramiento con ASISTED

En ASISTED proporcionamos orientación personalizada para valorar cada situación y acompañar a las familias en la gestión del recurso más adecuado.

Paso 2: Tramitación de la solicitud

Te acompañamos en los trámites administrativos necesarios para solicitar la prestación y acceder a las ayudas correspondientes, facilitando un proceso ágil y coordinado.

Paso 3: Contratación del servicio

Una vez definida la modalidad de atención más adecuada, formalizamos la contratación del servicio de ayuda a domicilio o asistencia personal de acuerdo con el PIA aprobado y las necesidades de apoyo de cada persona usuaria.

Paso 4: Asignación de profesional de atención domiciliaria

Como entidad registrada y acreditada por la Generalitat de Catalunya, en ASISTED contamos con profesionales contratados en régimen general de la Seguridad Social, con la titulación y acreditación requeridas para la prestación de servicios de ayuda a domicilio y asistencia personal.

Además, los profesionales reciben formación continuada y seguimiento por parte de la entidad, garantizando una atención profesional, coordinada y adaptada a las necesidades de cada persona usuaria.

En aquellos casos en los que la persona usuaria ya disponga de un/a profesional de confianza prestando apoyo en el domicilio, ASISTED puede valorar su incorporación al equipo, siempre mediante un proceso formal de selección y validación documental para garantizar que cumple los requisitos profesionales, formativos y de calidad asistencial establecidos por la entidad.

ASISTED presta servicios de apoyo domiciliario y asistencia personal en el marco del Sistema Catalán de Autonomía y Atención a la Dependencia, sin realizar actuaciones de carácter sanitario.

En ASISTED trabajamos para ofrecer servicios de atención domiciliaria adaptados a personas con grandes necesidades de apoyo y sus familias.

Consulta tu prestación sin compromiso

Preguntas frecuentes sobre la asistencia domiciliaria para personas con grado III+

Hasta 14.788,50 € anuales para atención de 24h, según el Decreto-ley 1/2026.

No, son prestaciones excluyentes entre sí en el PIA.

Es compatible, pero se aplica una reducción del 50% en la prestación económica.

Sí, se garantiza un mínimo de 3.200 € anuales para todos los Grados III+.

No solo para ellos, pero están incluidos prioritariamente bajo el criterio de procesos irreversibles.